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Autoevaluación - Registro de Planes de Emergencia y Contingencia
Dando cumplimiento al Acuerdo 341 de 19 de diciembre de 2008 en su articulo cuarto:

"La administración Distrital promoverá acciones para que todos los patrones con carácterde empresas y domicilio en la ciudad de Bogotá, de acuerdo con las normas en materia de riesgos profesionales y salud ocupacional, y en especial la resolución 1016 de 1989 del Ministerio de Protección Social, informe a la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias - DPAE - sobre la implementación de sus planes de emergencia, para ello contará con un plazo de cuatro meses contados a partir de la aprobación del presente acuerdo, a través del formulario electrónico que para este fin elabore esta entidad." la DPAE pone a la disposición de todos la herramienta que le permitirá autoevaluar la implementación del plan de emergencias y contingencia de su organización.

Es de Anotar que el desarrollo e implementación de Plan de Emergencia y Contingencia es responsabilidad de la Entidad o Persona Pública o Privada de acuerdo al Decreto 332 de 2004 en sus artículos 15 y 16. Adicionalmente y de acuerdo al Decreto 483 de 2007, cualquiera de las entidades de Inspección Vigilancia y Control -IVC: Secretaría Distrital de Ambiente, Secretaría Distrital de Salud o la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos Bogotá, podrá verificar el desarrollo y la implementación del Plan de Emergencias en el marco de las acciones de IVC.

Para más información contáctese con:

ÁREA DE EMERGENCIAS
Coordinación de Preparativos para Emergencias
Tel: 4292801 ext 2887

Diagonal 47 # 77B - 09 Interior 11 - Tel: 429 74 14  - NIT: 800154275-1
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